lunes, 29 de octubre de 2012

Registro de formadores para los Certificados de Profesionalidad en Castilla-La Mancha



Hoy lunes, 29 de octubre, ha salido publicado en el Boletín Oficial de Castilla La Mancha, la Orden que crea y regula el registro de Formadores para la impartición de los cursos conducentes a la obtención de los Certificados de Profesionalidad en el ámbito territorial de Castilla La Mancha.

Para impartir estos cursos, será obligatorio estar inscrito y validado en este registro. Para ello las personas interesadas deberán poseer los requisitos generales especificados en el artículo 13 del Real Decreto 34/2008, por el que se regulan los Certificados de Profesionalidad, así como los específicos establecidos para cada módulo formativo que se especifiquen en los certificados de profesionalidad correspondientes.

Los centros de formación dispondrán, de esta forma, de una base de datos de los formadores que cumplen los requisitos para la impartición de los citados cursos de manera que se facilita enormemente la selección de los formadores.

Por otro lado, a los formadores también se les facilitan mucho las cosas ya que, estando inscritos en el registro, no tendrán necesidad de enviar y repartir su currículum por los centros ya que todos los centros de la comunidad que impartan los módulos en los que estén inscritos tendrán conocimiento de que reúne los requisitos necesarios para hacerlo.

Puedes acceder al documento haciendo clic en el enlace: Registro de Formadores



El registro tiene un carácter indefinido mientras no se modifiquen las condiciones establecidas en la normativa que regula los correspondientes Certificados de Profesionalidad. Como ya sabéis, para poder impartir los cursos  debéis reunir una serie de requisitos en cuanto a titulación y/o experiencia profesional (a veces no es necesario tener titulación si se tiene más experiencia profesional), así como competencia docente. Es importante y veréis que el registro se estructura de esa forma, que los requisitos son por Módulo formativo, no por curso. Por otro lado y si queréis impartir estos cursos en la modalidad de teleformación (cosa que parece ser que cada vez será más frecuente) será necesario que contéis además con formación y experiencia en dicha modalidad, de modo que sería bueno completar vuestra formación con algún curso sobre ese contenido.

La solicitud de inscripción se puede realizar mediante el envío telemático, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Pinchad en este enlace a partir de mañana 30 de octubre, que es cuando empezará a estar operativo o presencialmente, en los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La acreditación del cumplimiento de los requisitos tiene dos vías:

  1. En el caso de que la Administración Regional ya tenga esas acreditaciones por que se los hayáis entregado en otros expedientes previos, basta con la autorizarles a la comprobación de las mismas (aunque tenéis que informarles de donde exactamente lo tienen).
  2. Si no es así, junto con la solicitud, deberéis presentar:
a.      Copia compulsada del DNI/NIE.
b.  Informe de vida laboral que acredite la experiencia profesional en el campo de las competencias relacionadas con el módulo o módulos que se solicitan.
c.      Copia compulsada del nivel formativo requerido.
d.     Copia compulsada de contrato/s de Trabajo y/o certificado/s de empresa o certificados de servicios prestados expedidos por Organismos Públicos, donde quede debidamente acreditado el o los puestos de trabajo ejercidos, la categoría profesional, el tipo de jornada laboral y las funciones desempeñadas.
e.     Copia compulsada de la titulación o certificación que acredite poseer la competencia docente establecida en el Real Decreto que apruebe el certificado de profesionalidad correspondiente a los módulos que se solicitan.
f.     En el caso de solicitar la inscripción en el registro para la impartición en la modalidad de teleformación, copia compulsada del diploma que acredite la formación realizada y certificado de empresa acreditando la experiencia y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación

Observad que, a diferencia de lo que ocurría en la bolsa de trabajo del Ayuntamiento de Madrid, aquí sí las copias que aportéis, sí deben estar compulsadas.

Las inscripciones en el registro serán efectivas a partir del día 30 de abril. No obstante, cuanto antes lo hagáis mejor. ¡No me seáis los últimos!


19 comentarios:

  1. Si queréis acceder al registro telemático sin utilizar el buscador podéis hacerlo desde esta dirección: http://www.jccm.es/web/es/CastillaLaMancha/index/tramite1212730376737tr/1212675568608.html.

    El el caso que uséis el buscador, debéis realizar la búsqueda con estos parámetros:
    Perfil: Ciudadanía
    Consejería: Empleo y Economía
    Tipo: Registros
    Palabra Clave:Formadores

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    1. Buenas, muchas gracias por la información, pero ¿de qué sirve el registro telemático si hay que presentar documentación compulsada, que es siempre presencial? Para eso me doy el viajecito y lo hago todo de una vez, ¿no? Si es que...

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    2. Bienvenido, visitante anónimo.
      Para la mayoría de las personas el registro telemático tiene poca utilidad ya que, como efectivamente dices, la compulsa ha de ser presencial. No obstante algunas personas que ya han entregado la documentación requerida en otros expedientes (por ejemplo con el objeto de ser validado para la impartición de otros cursos), sí pueden aprovechar el registro sin mayores inconvenientes.
      Si sirve de algo, yo, cuando me inscribí en el registro, lo hice por el procedimiento tradicional. ¿Qué le vamos a hacer?

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  2. Muchas gracias Jorge ahora nos resultará mucho más sencillo

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    1. Holaa a tod@s:

      Me gustaría plantear algunas preguntas respecto al fichero de expertos:

      Una vez que hemos ido a presentar nuestra solicitud, cuando salga el fichero en abril:

      ¿Hacen algún listado con las personas que cumplen los requisitos?

      Si es así, ¿qué criterios utilizan para establecer el orden de los expertos en dicho listado?

      Cuando las entidades, academias o consultorias consultan el fichero de expertos, ¿qué datos consultan en él?

      Gracias Jorge

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    2. ¡Hola Ana! y el resto de interesados/as

      El fichero de expertos es como una base de datos. En él estarán asociados los datos de los formadores con los módulos que pueden impartir y esa es la información a la que podrán acceder los centros. Si hubieran pedido el currículum de los formadores igual se podría haber consultado el mismo en pdf pero o me falla la memoria (cosa que tampoco me extrañaría últimamente) o creo que no había que presentarlo (y que alguien introduzca esa información a base de teclear los datos me suena más a ciencia-ficción, con lo que ni lo contemplo)

      El listado de formadores validados para impartir determinado módulo de un curso se generará a partir de esa base de datos, pero que yo sepa, no va a salir un listado físico del mismo, sino a través de consultas a la base de datos (Ejemplo: Quién está validado para impartir el modulo MF 1224, denominado XXXX).

      Vosotros, cuando revisen vuestro expediente, sí tenéis que recibir una resolución que os informe si estáis validados o no en los módulos en los que solicitasteis ser validados.

      El fichero no tiene orden en concepto de méritos del docente (recordar que no es una bolsa de trabajo). El único orden que puede haber será el generado automáticamente por la base de datos (número de registro, orden alfabético, etc.) pero que, en ningún caso establece ningún tipo de prioridad o preferencia entre los docentes registrados. Todos, desde el primero al último, están validados de igual forma para impartir el módulo que corresponda. La elección de uno u otro docente corresponderá al centro y ahí pueden usar criterios como si conocen al docente, la proximidad geográfica al centro, o cualquier otro, por peregrino que pudiera parecer. La elección es suya.

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    3. Muchas gracias Jorge, todo aclarado.

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  3. ¿donde debo presentar la solicitud con la documentación?

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  4. Hola visitante anónimo, la solicitud puedes presentarla por vía telemática rellenando el formulario disponible al que podrás acceder desde la página web https://e-empleo.jccm.es/solicita/jsp/busquedaTraTel.jsp
    Si quieres presentarlo en persona puedes hacerlo en los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía Como no sé de qué provincia eres, te dejo las direcciones de las cinco provincias
    • C/ Alarcón, 2 -02071 Albacete
    • Ctra. Fuensanta, s/n -13071 Ciudad Real
    • Parque de San Julián, 13 - 16071 Cuenca
    • Avda. Castilla, 7-C -19071 Guadalajara
    • Avda. Francia, 2 -45071 Toledo
    También puedes hacerlo por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que son, concrétamente:
    a.En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b. En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    Ánimo con ello
    Jorge

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  5. ¿Y donde pueden verse los módulos a los que se puede optar?
    Un saludo,
    Toñi

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  6. Hola Toñi
    No tengo muy claro si te interesa el registro de formadores por si mismo o la convocatoria que se ha abierto para los centros propios (y para la que se necesita estar inscrito en el registro). Aunque puedan parecer la misma cosa son cosas diferentes. A mi por ejemplo me interesa (y de hecho estoy inscrito) en el registro de formadores, pero esta convocatoria, salvo sorpresas, no creo que me vaya a interesar mucho por mi perfil profesional.

    Si es la convocatoria lo que te interesa, puedes consultar como orientación (no creo que varíe mucho) el plan formativo que hicieron el año pasado tanto en Guadalajara como en Ciudad Real. Puedes consultarlo en la siguiente dirección: http://empleoyformacion.jccm.es/principal/cee/centros-nacionales-de-formacion/
    Haz clic en el centro de Ciudad Real y luego en Plan formativo. Lo mismo para el de Guadalajara.

    Si lo que te interesa es el registro de formadores, certificados de profesionalidad hay la tira (casi 600). Por lo tanto,lo primero que puedes hacer es ver si reúnes los requisitos para impartir esos certificados. Los requisitos son siempre tres. Los dos primeros(Acreditación y experiencia laboral) varían según el certificado y por ello figuran en las prescripciones de formadores. El tercer requisito hace referencia a la competencia docente y es común para todos los certificados. Este requisito lo puedes consultar en el apartado 8 del Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Puedes acceder al documento en esta dirección: http://www.boe.es/boe/dias/2013/03/21/pdfs/BOE-A-2013-3092.pdf

    Para ver los dos primeros requisitos no te queda otra que entrar en cada certificado y ver si reúnes los requisitos o no tienes que ir a la página web del SEPE en donde puedes consultar los certificados.
    http://www.sepe.es/contenido/empleo_formacion/formacion/certificados_de_profesionalidad/cf0502.html
    Selecciona la familia profesional y haz clic en ficha. En la segunda página tienes las prescripciones de los formadores, que como verás son por módulos.
    Saludos Cordiales
    Jorge

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  7. Gracias Jorge por toda la información.
    Perdona que te pregunte cosas que te pueden parecer obvias pero ¿Para poder registrarte como formador es necesario agreditar algun titulo como formador? Yo tengo experiencia laboral, una licenciatura y el master de formación del profesorado que es el que exigen para poder dar clase en secundia, bachillerato y FP ¿Tendría problemas para poder registrarme?

    Un saludo.

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  8. Para poder inscribirte en el registro tienes que reunir, efectivamente, lo que llaman competencia docente, que según lo que dices, estimo que reúnes. De todos modos a continuación te pongo el texto literal de la norma. Tú, creo yo, reunirías el requisito según lo dispuesto en el apartado b)

    "En cualquier caso, para impartir los módulos formativos de los certificados de
    profesionalidad, será requisito que el formador acredite poseer competencia
    docente.
    Para acreditar la competencia docente requerida, el formador o persona
    experta deberá estar en posesión del certificado de profesionalidad de formador
    ocupacional o del certificado de profesionalidad de docencia de la formación
    profesional para el empleo.
    Del requisito establecido en el párrafo anterior estarán exentos:
    a) Quienes estén en posesión de las titulaciones universitarias oficiales de
    licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de Maestro en cualquiera de sus
    especialidades, de un título universitario de graduado en el ámbito de la Psicología
    o de la Pedagogía, o de un título universitario oficial de posgrado en los citados
    ámbitos.
    b) Quienes posean una titulación universitaria oficial distinta de las indicadas
    en el apartado anterior y además se encuentren en posesión del Certificado de
    Aptitud Pedagógica o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el
    Certificado de Cualificación Pedagógica. Asimismo estarán exentos quienes
    acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las
    Profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y
    Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas y quienes
    acrediten la superación de un curso de formación equivalente a la formación
    pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión
    de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar
    los estudios de máster, establecida en la disposición adicional primera del Real
    Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de
    formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el
    bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se
    establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.
    c) Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600
    horas en los últimos diez años en formación profesional para el empleo o del
    sistema educativo"

    Lo que tienes que hacer es explorar en qué certificados puedes solicitar tu inscripción en función de tu licenciatura y tu experiencia profesional ya que la inscripción en el registro debe realizarse siempre para la impartición de algún(os) módulo(s)concreto(s). Para ello, como te indiqué antes debes consultar lo certificados en la página del SEPE.

    Saludos Cordiales,
    Jorge

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  9. Muchas gracias Jorge.
    Tu información y trabajo resultan de mucha ayuda.
    Un saludo.
    Toñi

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  10. Buenos días. Soy docente desde hace doce años. Soy una persona que no entiendo ciertas aptitudes y ciertas actitudes de como homologan en el registro de formadores a ciertos profesionales, me explico: ¿como puede ser que yo soy sanitario de titulación de FP2 (reglada), llevo trabajando en hospital mas de 20 años, y hay módulos que no los puedo dar en el certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria en instituciones, así como en el de domicilio?, y sin embargo hay gente que es trabajador social, educador social etc. y resulta que les certifican que pueden dar todo lo sanitario, si se supone que un trabajdor social, un educador social, y un psicólogo no van a lavar culos", ni les van a dar de comer a los usuarios, ni van hacer ninguna técnica básica de enfermería( cuidados post-morten, colaboración de técnicas de SNG.........etc.) Te encuentras en muchos centros que la persona está homologada para hacer ese tipo de cosas. me da por pensar que se está procediendo a un intrusismo profesional dentro de las realizaciones profesionales, ya que el SEPE creo que no lo está observando. Busquemos la calidad de la enseñanza para los futuros alumnos que se van a enfrentar al mercado laboral, y que den clases los que de verdad nos dedicamos al cuidado del usuasrio o de enfermos. Por esa regla de tres, un camarero, también puede ser cocinero, porque como trabaja en hostelería pues hace de todo. Luego te encuentras compañeros que son trabajadores sociales que te piden protocolos de enfermería porque aunque estén homologados en el certificado no tienen ni idea a la hora de hacer un cuidado integral de la persona dependiente. Cuidado estamos trabajando con personas que necesitan de nosotros y que no son papeles. CUIDADO CON ESO. ¿ Estan falsificando documentación para poder dar esos cursos?, ¿ Es un pedagogo quien revisa las programaciones?, ¿ Todo el mundo vale para todo?. Desde la mas pura indignación me gustaría que me apagaseis el enfado que tengo con todas estas cosas. O es que a los centros solo les interesa cobrar la subvención y les da igual si es un psicólogo que no tenga experiencia en enfermos físicos, pero como lo pone la normativa del real decreto de certificados de profesionalidad puede darlo todo. Gracias y un saludo.

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  11. Buenos días. Soy docente desde hace doce años. Soy una persona que no entiendo ciertas aptitudes y ciertas actitudes de como homologan en el registro de formadores a ciertos profesionales, me explico: ¿como puede ser que yo soy sanitario de titulación de FP2 (reglada), llevo trabajando en hospital mas de 20 años, y hay módulos que no los puedo dar en el certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria en instituciones, así como en el de domicilio?, y sin embargo hay gente que es trabajador social, educador social etc. y resulta que les certifican que pueden dar todo lo sanitario, si se supone que un trabajdor social, un educador social, y un psicólogo no van a lavar culos", ni les van a dar de comer a los usuarios, ni van hacer ninguna técnica básica de enfermería( cuidados post-morten, colaboración de técnicas de SNG.........etc.) Te encuentras en muchos centros que la persona está homologada para hacer ese tipo de cosas. me da por pensar que se está procediendo a un intrusismo profesional dentro de las realizaciones profesionales, ya que el SEPE creo que no lo está observando. Busquemos la calidad de la enseñanza para los futuros alumnos que se van a enfrentar al mercado laboral, y que den clases los que de verdad nos dedicamos al cuidado del usuasrio o de enfermos. Por esa regla de tres, un camarero, también puede ser cocinero, porque como trabaja en hostelería pues hace de todo. Luego te encuentras compañeros que son trabajadores sociales que te piden protocolos de enfermería porque aunque estén homologados en el certificado no tienen ni idea a la hora de hacer un cuidado integral de la persona dependiente. Cuidado estamos trabajando con personas que necesitan de nosotros y que no son papeles. CUIDADO CON ESO. ¿ Estan falsificando documentación para poder dar esos cursos?, ¿ Es un pedagogo quien revisa las programaciones?, ¿ Todo el mundo vale para todo?. Desde la mas pura indignación me gustaría que me apagaseis el enfado que tengo con todas estas cosas. O es que a los centros solo les interesa cobrar la subvención y les da igual si es un psicólogo que no tenga experiencia en enfermos físicos, pero como lo pone la normativa del real decreto de certificados de profesionalidad puede darlo todo. Gracias y un saludo.

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  12. Hola Julian (mi respuesta es un poco larga y supera el máximo de caracteres admitido, por lo que te lo voy a desglosar en un par de comentarios)
    El tema que planteas sin duda es delicado y, creo que requeriría analizar caso por caso para no caer en simplificaciones injustas. Como estoy seguro que sabes, para impartir certificados de profesionalidad es necesario reunir tres requisitos: Una determinada titulación (expresada a veces de una manera que me parece excesivamente genérica con lo que efectivamente parece, como dices, que vale todo el mundo para todo), una determinada experiencia profesional (que en los certificados vinculados al Sistema Nacional de Cualificaciones, a diferencia de lo que ocurría con los antiguos, que era genérica para todo el certificado, es experiencia en cada una de las unidades de competencia. Por esa razón se puede estar validado en unos módulos y no en otros en el mismo certificado) y capacitación pedagógica (curso de docencia de la formación para el empleo, de formador ocupacional, CAP, experiencia docente superior a 600 horas, etc.) Para ser validado se requieren los tres, ni uno ni dos.
    En principio, decir que un trabajador social, un educador social o un psicólogo (los casos que pones) no deberían estar validados es un poco aventurado. Hay que analizar si esas personas, aparte e independientemente de las titulaciones que tengan, han trabajado o no en esas áreas (no evidentemente como trabajador social, educador social o un psicólogo, sino desempeñando otras tareas). Yo soy psicólogo, pero mi experiencia laboral no es fundamentalmente como psicólogo, sino desempeñando otros puestos y otras funciones en los que se podría ser psicólogo (no me ha venido mal, creo) o no. Por otra parte te aseguro y pongo las manos en el fuego (mira que soy poco dado a ello, pero en este caso...) que si yo tratará de validarme en sociosanitaria (me da igual en Instituciones que en Ayuda a domicilio), no sería validado en ninguno de los módulos. La razón es obvia. No he trabajado nunca en ese campo y no puedo acreditar experiencia.
    Si hay trabajadores sociales, educadores sociales o psicólogos impartiendo esos módulos, quiero creer que ellos sí tienen esa experiencia. Si no la tienen, me cuesta creer que hayan sido validados. Que haya gente que falsea las acreditaciones puede ser (insisto, habría que analizar caso a caso). La gente que valida no son detectives privados, ellos deben tomar una decisión con la información que tienen y si alguien les viene con la vida laboral y con certificados de empresa que dicen que esa persona ha desarrollado en su trabajo determinadas funciones, no tienen más remedio que validarla. Igual podría habilitarse algo (una entrevista, una prueba...) para verificar la certeza de eso, pero el procedimiento de validación seria entonces mucho más lento y tortuoso que ahora. Aún así, sería una posibilidad. Claro que igual tendríamos otros problemas porque la normativa deja muy claro cómo acreditar los requisitos (vida laboral, certificados de empresa...) y en ningún momento habla de esas pruebas alternativas.
    En el equipo que realiza las validaciones, efectivamente hay pedagogas y psicólogas, fundamentalmente, pero no creo que eso sea un inconveniente. Podría pensarse que la validación la tendría que hacer alguien experto en cada campo profesional, pero eso no es factible. Requeriría tener expertos en todas esas áreas. !Hay casi setecientos certificados!

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  13. ...Continúa....

    En cuanto a los centros, yo creo que aquí tienen poco que hacer. Es cierto que ellos contratan finalmente al docente, pero el docente tiene que estar validado previamente. No pueden contratar a una persona que no haya sido validada. Después es una cuestión que se regula sola. Si el docente funciona medianamente bien (ahí precisamente radica la importancia de la satisfacción de los alumnos) el centro seguirá contando con él. Si le crea problemas, no creo que dure mucho. Como llevo mucho tiempo en esto, conozco casos.
    En fin, Julian, mi intención no era "apagar el enfado" (como psicólogo, me da a mi que es más bien complicado hacerlo dada la situación) sino darte mi opinión sobre esto. Si no has sido validado para alguno de los módulos del certificado y crees que es injusto, yo te animaría a volver a intentarlo (a una alumna mía le pasó y probó un año y pico después y sí se lo acreditaron). Si ha ocurrido, habrá sido porque no presentaste las debidas acreditaciones. ¿Puedes conseguirla? Pues hazlo.
    Dicen que mal de muchos...Para que veas que en todos los sitios cuecen habas, te voy a contar algo parecido que a mi me subleva y contra lo que no puedo hacer nada ¿intrusismo?. Juzga tú. Yo soy docente del curso de Docencia de la formación para el empleo. Ese curso lo puede dar casi íntegro (me río yo...) cualquier persona que sea diplomado o licenciado en lo que sea, siempre que acredite haber ejercido como docente en cualquier materia (tú mismo, si tienes 12 años de experiencia docente en sociosanitaria, o un profesor de ofimática, o de agricultura ecológica o, si me apuras, de crianza de grillos en el medio urbano). ¿Te parece normal? A mi no, yo tengo una preparación específica en ello y me ha costado preparármelo, pero te aseguro que es lo que hay. Salvo el recurso del pataleo, poca cosa más podemos hacer.
    Un cordial saludo

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