miércoles, 28 de agosto de 2013

Requisitos y Funciones de los tutores-formadores en la modalidad de teleformación

En días pasados prometía realizar tres entradas y la última no terminaba de rematar. Curiosamente ésta, con ser la última que aparece en el blog es la primera que aconteció y no es su importancia relativa la que ha determinado su lugar sino, más bien, por un lado que cuando ocurrió estaba rematando un curso (y eso da mucha guerra) y por otro lado la urgencia de las otras y el carácter más a temporal de ésta. 

El caso es que el día 31 de julio se publico en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden de 30/07/2013, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se modifica la Orden de 15/11/2012, por la que se regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación en el ámbito territorial de Castilla La-Mancha.

Muchos de las modificaciones que recogen se refieren a procedimientos administrativos que nos afectan a los formadores tangencialmente. Sin  embargo, y motivado por los cambios que se han producido en la normativa estatal recientemente, se ha visto la necesidad de adaptar a dicha normativa los requisitos y funciones de los tutores-formadores en la modalidad de teleformación.

Si queréis acceder al documento original podéis hacer clic en la imagen, y si no, os resumo, lo importante a continuación.

viernes, 16 de agosto de 2013

Regulación del proceso de selección de formadores para impartir acciones en los Centros dependientes de la Consejería de Empleo y Economía



El pasado 14 de agosto se publicó la Orden de 11/07/2013, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se regula el procedimiento de selección de formadores para impartir formación profesional para el empleo en centros dependientes de la Consejería de Empleo y Economía. Para acceder al documento original, pueden hacer clic en la imagen.


Los centros a los que alude la Orden son los Centros Nacionales de Formación Profesional para el Empleo, o los Centros de Referencia Nacional, en su caso, ubicados en Castilla-La Mancha (es decir, en la práctica, los centros de Guadalajara y Ciudad Real), y los Centros dependientes de la Consejería con competencias en materia de formación profesional para el empleo en los que se impartan acciones formativas de la Modalidad V. 

Por lo tanto, los máximos interesados en este proceso selectivo son formadores que impartan aquellas especialidades que suelen impartirse en esos centros. Es decir, para el Centro de Guadalajara, formadores expertos en la Familia Profesional de Energía y Agua en las áreas profesionales de Agua, Gas y Energía Eléctrica. Y para el Centro de Ciudad Real expertos en la Familia profesional de Industrias Alimentarias en las áreas de Bebidas y de Aceites y Grasas, y quizás de la Familia Profesional de Artes y Artesanías, en las áreas de Madera, Cerámica y Vidrio. En ocasiones también se han programado desde estos centros cursos para la formación de formadores, con lo que igual tenemos también alguna opción.

Si continuáis leyendo os explico cómo será el proceso selectivo.

miércoles, 14 de agosto de 2013

Convocatoria Modalidad II año 2013

Tras un tiempo sin publicar ninguna entrada nueva en el blog, en parte por las ocupaciones propias y en parte por la inexistencia de eventos significativos que reseñar, vuelvo a mi actividad bloguera con lo que será una serie de artículos sobre las novedades que han aparecido en los últimos días y que estimo son de interés para los formadores interesados en el ámbito de la formación profesional para el empleo. En concreto éste será el primero de los tres artículos que publicaré en el blog en esta semana.

Hoy, día 14 de agosto, se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, la Resolución, de la Dirección General de Formación, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as (Modalidad II) para el año 2013. Si quieres acceder al documento original haz clic en la imagen.

Las entidades que deseen participar deberán presentar sus solicitudes en un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha (los que estén de vacaciones más les vale volver pronto y los que pensaban irse, igual tienen que posponer unos días las suyas).

Las acciones formativas subvencionadas deben finalizar antes del 31 de mayo del año 2014, debiendo iniciarse (salvo causa debidamente justificada y autorizada) antes del 18 de octubre de 2013. De modo que, se supone, que en septiembre y octubre nos lloverán las ofertas para impartir cursos y tendremos que decir alguna vez que sí, y muchas que no (¿estaré ya despierto?). 

A moverse, ¡Suerte para todos!