lunes, 30 de marzo de 2015

Real Decreto-ley 4/2015, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo

Tras una larga sequía, no he tenido más remedio que abandonar mi letargo bloguero. El caso es que el pasado lunes 23 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto Ley para la reforma urgente (¡qué dramatismo! ¿Preelectoral?) del Sistema de Formación Profesional para el empleo. Tras dos años de negociaciones, el nuevo modelo de formación para el empleo, ha suavizado considerablemente la intención expresada inicialmente por el gobierno de apartar a las organizaciones empresariales y sindicales de la impartición de la formación. Si bien parece que el nuevo modelo hace perder cierta influencia a dichas entidades, el hecho de que no haya habido demasiado alboroto me lleva a pensar que tampoco va a ser para tanto. Habrá que esperar al desarrollo reglamentario de este Decreto Ley para calibrar con exactitud la magnitud del cambio. 

Tras eliminarse los convenios que garantizaban a los agentes sociales su subvención en el modelo anterior, en el nuevo modelo, se les ha otorgado un papel protagonista en el diseño estratégico de la formación, mediante la realización de trabajos de prospección de las necesidades formativas tanto de las empresas como de los trabajadores.  Se trata con ello de desarrollar un sistema eficiente de observación y prospección del mercado de trabajo, basado en la coordinación de todos los actores que puedan aportar su conocimiento al sistema. Si quieres  acceder al documento original en el BOE pincha en la imagen  


Una novedad del nuevo sistema en la formación de demanda o bonificada) es que las empresas de menos de nueve trabajadores, deberán cofinanciar con recursos propios el 5% de estas acciones formativas para sus trabajadores (hay que recordar que en el anterior modelo quedaban exentas de ello). Esta formación podrá ser organizada e impartida por la propia empresa con medios propios o recurrir a su contratación o podrán encargar la organización de los cursos a una entidad externa, en cuyo caso, la impartición deberá ser realizada por una entidad acreditada y/o inscrita en el registro de entidades formación habilitado por la Administración Pública competente. 

En la formación subvencionada para trabajadores ocupados es donde se produce uno de los mayores cambios del nuevo modelo ya que anteriormente sólo los agentes sociales podían gestionar e impartir esta formación, mientras que en el nuevo modelo cualquier centro privado acreditado podrá optar a impartir la formación en régimen de concurrencia competitiva. La cuestión ahora es ver qué exigencias se les van a poner a los centros en el desarrollo reglamentario para poder optar a la adjudicación de subvenciones. Veremos si se abre la puerta realmente o la cosa queda en una rendijita.  

La formación para desempleados también se realizará en régimen de concurrencia competitiva. Una de las principales novedades es la creación del cheque de formación que  permitirá escoger a cada cual el centro donde realizar el curso que desee. Siempre he dudado que hubiera mucha gente que fuera a pagar por realizar un curso que se ofertaba gratis (para él) en un centro cercano subvencionado. Con esto, la cosa cambia. Se supone que, de esa manera, se va a favorecer a los centros que impartan una mejor formación (que, en teoría, deberían ser los elegidos por los portadores del cheque de formación), aunque también se me ocurre que puede favorecer a los centros que impartan los certificados de forma privada que, de otra forma, no tendrían alumnos suficientes. Habrá que esperar para ver cómo va a funcionar. 

Otro aspecto que recoge la norma es la potenciación de la modalidad de tele-formación, que pretende dotar al sistema de mayor eficacia y flexibilidad y superar las limitaciones del calendario formativo condicionado por la tramitación administrativa. Mientras se trate de complementar la oferta presencial, me parece perfecto. Espero, no obstante que no volvamos a ser el país del péndulo. 

Otras novedades importantes que incorpora la norma son: 
  • Se limitan los pagos anticipados que, en ningún caso, podrán  superar el 25% antes del inicio de la actividad. En el modelo anterior se podía solicitar un pago anticipado del 100%.
  • Se prohíbe la subcontratación tanto de la organización como de la impartición de la actividad formativa. 
  • Se desarrolla un sistema integrado de información que  garantice la trazabilidad de las  acciones y la actualización permanente de toda la información sobre la formación profesional para el empleo 
  • Se refuerza la transparencia del sistema y la capacidad sancionadora, creando una Unidad Especial de Inspección para evitar el fraude en los cursos y la obtención irregular de ayudas 
  • Se crea la Fundación Estatal para la Formación, que sustituye a la actual Fundación Tripartitacon mayoría de la Administración General del Estado y en la que estarán representados las comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales, pero en menor grado que en la anterior Fundación Tripartita. 

En fin, como veis, en teoría, muchos cambios. Vamos a ver cómo se materializa todo esto en el desarrollo reglamentario de la Ley. Habrá que estar atentos. Os mantendré informados.  

3 comentarios:

  1. Hola Jorge!
    Voy a comentar esta entrada aportando mi visión personal e intransferible sobre esta entrada.

    Por un lado el hecho de que las empresas con menos de 9 trabajadores tengan que financiar parte de la formación de sus trabajadores es, a todas luces, un apoyo importante a las PYMEs y al emprendimiento que tanto proponen como medida para recuperar nuestro boyante mercado laboral. Todo un estímulo para el crecimiento.

    Sobre el asunto del cheque de formación desde la disyuntiva que planteas de si beneficiará a los centros más competentes o a los más desfavorecidos (caso de no pertenecer a ambos), yo me pregunto acerca de la cuantía de los cheques y el precio de la formación, si el precio para una misma formación en distintos centros será el mismo o el de supuesta mejor calidad será más caro. Luego también habría que conocer con qué criterio se otorgan los cheques. Resumiendo, con menos positivismo y a la vista del rumbo nacional en temas educativos, yo aquí veo más una financiación pública de formación privada no apta para desfavorecidos. Ojalá y no tenga razón.

    La teleformación es un Avanza2 más. A ver qué tal.

    En fin, una norma como la norma de estos últimos cuatro años: todo va bien, estamos haciendo lo mejor para ustedes. Pues nada, gracias a usted Presidente (pero a mi puerta no llame, cada uno en su casa y Dios en la de todos hasta que entra usted).

    En fin. Lo dejo que es Semana Santa y tengo que desempolvar la mantilla ;-)

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    1. ¡Hola!, anónima con mantilla ;-)

      Celebro que te hayas animado a comentar la entrada de manera tan personal, aunque permíteme decirte que tu opinión, aunque tuya evidentemente, es bastante transferible y compartida. De hecho, estoy muy de acuerdo contigo en lo que dices.

      El obligar a cofinanciar la formación de sus trabajadores a las empresas más pequeñas (a las que antes, esa formación les suponía un coste 0) no parece un modo muy, digamos ortodoxo, de potenciar una formación que, ya antes, era no suficientemente utilizada por las empresas.

      En cuanto al cheque de formación, en este momento existen muchas incógnitas de cómo va a funcionar (cuantía, procedimiento de concesión, etc.) y habrá que esperar a ver cómo se materializa, pero creo que la intención de beneficiar a cierto tipo de formación sobre otro resulta obvia. Que puede servir también para lo que dice la Ley, esto es permitir a las personas la elección de los "mejores" centros, pues no diré yo que no, pero la verdad es que ciertas dudas, sí me plantea.

      Aún así, creo que tendremos que esperar al desarrollo reglamentario de la Ley (y su posterior puesta en práctica) para tener las cosas más claras.

      Gracias por comentar la entrada y pasa unas felices fiestas

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    2. Acertadísimo comentarios por parte de ambos, sin olvidar que la norma esta llena de lagunas por todas partes y que a saber cuando tendrá su desarrollo reglamentario, !una cosa es legislara con carácter urgente y otra sacar una norma que potencia de tal manera la inseguridad jurídica y la falta de certeza sobre cual es ahora mismo lo que está vigente en tanto no saquen en nuevo Reglamento, y me refiero sobre todo al tema de las inscripciones de los centros de formación.

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