domingo, 20 de julio de 2014

Modificaciones a la Orden de Oferta en Castilla-La Mancha

Tras unos meses sin atender el blog, por un lado por lo poco que había que contar y por otro lado, por el, ¡¡¡afortunadamente!!! mucho trabajo que estoy teniendo estos últimos meses (toco madera...) os comunico que este último viernes se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla la Mancha la Orden de 14/07/2014, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se modifica la Orden de 15/11/2012, que regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. (Si queréis acceder al documento original, hacer clic en la imagen).

La razón de esta modificación hay que buscarla en los cambios introducidos por la publicación de la Orden ESS/1897/2013 por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008 que regula los certificados de profesionalidad, y que hacían necesario adaptar nuestra Orden autonómica a dichos cambios. 

Las modificaciones más significativas que nos afectan directamente a los/as docentes son, en mi opinión, las siguientes:

  • Dejan de ser programables los módulos del CNCP que no conducían a un Certificado de Profesionalidad (cursos de cualificaciones) y que se impartían en modalidad I. 
  • Desaparece la modalidad de impartición mixta. Los cursos podrán realizarse de forma presencial o por mediante teleformación.
  • La entidad dispone de un mes tras la finalización del curso para presentar el acta de evaluación en la que deberemos reflejar los resultados obtenidos por los/las alumnos/as en términos de “apto”, “no apto”, o “apto parcial".
  • Se establece un coste hora mínimo y máximo para los costes de docencia (35%-50% de los costes directos respectivamente), que incluyen, exclusivamente, aquellos derivados de la impartición de la acción formativa. Este coste mínimo puede ser menor en el caso de cursos dirigidos a colectivos con dificultades de inserción cuando pueda ser necesario la participación simultánea de dos o más formadores/as en el mismo horario y para la misma acción formativa y en la parte presencial de los cursos de teleformación cuando estos tengan más de 20 alumnos/as y se estén impartiendo simultáneamente en dos o más espacios diferentes.
Un artículo que se me ocurre interesante es el siguiente (paso a ponerlo literalmente): Se modifica el apartado 4.2 del Anexo III, quedando redactado como sigue:

“4.2.Preparación y tutorías: se aceptarán los costes del personal imputado en “Preparación, seguimiento y tutorías” siempre que realicen alguna de las siguientes tareas:

- Elaboración del proyecto formativo.
- Elaboración del Plan de Calidad de Centros.
- Elaboración y desarrollo de la Programación del curso.
- Elaboración de contenidos.
- Coordinación de la actividad formadora.
- Tutores de la entidad.
- Gestión de las prácticas profesionales.
- Tutor de Prácticas (Cuando se trate de cursos con certificado de profesionalidad los tutores sólo pueden ser formadores).
- Selección de alumnos y del personal formador“.
Se define también que ha de reflejarse “de manera separada en los justificantes de gasto los costes derivados de los diferentes conceptos imputables y que el personal incluido en la liquidación en este apartado no podrá ser imputado en el apartado de personal de apoyo de los costes asociado“.

¿Y por qué me parece interesante?. Pues básicamente porque siempre me ha parecido curioso que una partida denominada "preparación, seguimiento y tutorías", se lo atribuyera íntegramente el centro de formación. Quizás sea, pensaba, que no entendiera bien en qué consistía esa partida. La redacción de este artículo aclara qué tareas se incluyen en ella y me confirma en mi idea. Algunas de esas tareas las realizamos los docentes, no los centros. Tengo curiosidad ahora por ver cómo se justifican esos conceptos en los próximos cursos. 

En agosto, que tendré unos días de vacaciones, tengo pensado escribir un artículo sobre un tema que me tiene algo perplejo últimamente, las prácticas no laborales que se incluyen de forma obligatoria en los cursos con certificados de profesionalidad y lo que se nos exige y se nos ofrece a los docentes en ellas. Antes, espero, saldrá la convocatoria de la modalidad II, que ya se está haciendo esperar. Supongo que de la semana que viene no pase, de modo que igual os tengo que dar nuevas noticias en breve. 


Hasta entonces, ¡que seáis felices!

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